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23 noviembre, 2020 in Noticias

Desde hoy lunes es obligatorio una PCR para entrar a España por avión o barco

PCR

Hoy lunes 23 de noviembre España empieza a exigir una PCR negativa a los pasajeros que entren al país por vía aérea o marítima.

La prueba tendrá que ser realizada 72 horas antes de la llegada al territorio nacional a los procedentes de países de riesgo por coronavirus.

Así, según el listado publicado por el BOE los países de riesgo son:

  • Alemania.
  • Austria.
  • Bélgica.
  • Bulgaria.
  • Chequia.
  • Chipre.
  • Croacia.
  • Dinamarca (excepto las Islas Feroe y Greenland).
  • Eslovenia.
  • Estonia.
  • Francia.
  • Grecia (excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada).
  • Hungría.
  • Irlanda.
  • Islandia.
  • Italia.
  • Letonia.
  • Lituania.
  • Luxemburgo.
  • Malta.
  • Noruega (excepto las regiones de Rogaland, Møre og Romsdal, Nordland, Viken, Innlandet, Vestfold og Telemark, Agder, Vestland, Trøndelag y Troms og Finnmark).
  • Países Bajos.
  • Polonia.
  • Portugal (excepto la región autónoma de las Isla Azores).
  • Rumanía.
  • Suecia.
  • Liechtenstein.
  • Eslovaquia.

A los viajeros que vengan de terceros países considerados de riesgo España también exigiría PCR negativa -son los que tienen una incidencia acumulada en los últimos catorce días superior a los 150 casos por cada 100.0000 habitantes-.

En el listado están: Albania, Andorra, Argentina, Armenia, Aruba, Bahréin, Belice, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Federación Rusa, Georgia, Gibraltar, Guam, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Macedonia del norte, Marruecos, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Palestina, Panamá, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Reino Unido, San Marino, San Martín, Serbia, Suiza, Túnez y Ucrania.

El 7 de diciembre se actualizará de nuevo el listado que será efectivo el 14 de ese mes, han concretado las fuentes de Sanidad.

Con esta nueva exigencia, las agencias de viaje, operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros de la necesidad de hacerse la prueba y que ésta sea negativa.

En el caso de que los que no se hayan realizado la PRC -no valen otras diagnósticas como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento- tendrán la posibilidad de hacerse un test de antígenos a su llegada, pero serán sancionados.




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