Sanciones y riesgos en el desplazamiento de trabajadores en Francia

El incumplimiento de la normativa laboral francesa en el desplazamiento temporal de trabajadores le puede salir muy caro al empleador español.
El gobierno galo es muy estricto en la protección de los derechos de sus trabajadores y lleva un férreo control sobre las empresas extranjeras que desplazan sus trabajadores a Francia.
En consecuencia los inspectores de trabajo tienen la misión de controlar que los trabajadores desplazados cumplan con las mismas condiciones laborales que los trabajadores locales (salario, horas de trabajo, convenios, seguridad…).
Del mismo modo cuando la inspección laboral realiza un control, comprueba que la empresa extranjera o empleador cumple con todas las formalidades administrativas y laborales de sus trabajadores desplazados.
Es imprescindible contar con un representante legal en Francia que se encargue de presentar la documentación a la inspección de trabajo en caso de control.
Si el inspector laboral detecta que se incumple alguna de sus obligaciones tiene todo el poder para multar a la empresa extranjera con las siguientes sanciones:
- Si la empresa no tiene un representante legal en Francia: multa de 4.000€ (8.000€ en caso de reincidencia).
- Falta de declaración de desplazamiento de los trabajadores: multa de 2.000€ por trabajador (4.000€ en caso de reincidencia) con un límite de 500.000 €.
- Que la empresa no pague el salario mínimo: multa entre 750€ y 1.500€ por trabajador y prestación suspendida hasta 1 mes.
- No pagar las horas extraordinarias: multa de 750€ por trabajador.
- Incumplir los horarios legales o de los horarios extraordinarios: multa de 750€ por trabajador.
- No cumplimiento de las vacaciones: multa entre 750€ y 1.500€ por trabajador.
- Falta de la visita médica: multa hasta 1.500€ por trabajador.
Sanciones administrativas en caso de fraude en el desplazamiento de trabajadores en el sector de la construcción
Por último, debes tener en cuenta de que si la prestación realizada en Francia es para el sector de la construcción o en las obras públicas, además de las sanciones detalladas anteriormente te puedes enfrentar al cierre administrativo temporal del establecimiento, prevista en caso de infracción por trabajo ilegal.
El cierre se efectúa en forma de paro de la actividad de la empresa, en el lugar donde se cometió la infracción. La ley de reforma laboral ha contemplado el caso en que la actividad ha finalizado o ha sido suspendida en este lugar: la autoridad administrativa puede entonces dictar el paro de la actividad de la empresa en otro sitio donde la obra esté en curso.
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