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10 julio, 2020 in Normativa

El 30 de julio llega la nueva directiva de trabajadores desplazados

trabajadores desplazados

A partir del 30 de julio de este año llegan cambios importantes en la movilidad internacional con la llegada de la nueva directiva de trabajadores desplazados.

La nueva directiva modificará principalmente cuatro puntos que pasamos a explicar a continuación.

La duración de los desplazamientos se limitará a 12 meses

En primer lugar, la duración máxima de desplazamiento se limitará a la acumulación de desplazamientos de distintos trabajadores para el mismo puesto de trabajo.

De esta forma, los trabajadores que se desplacen para sustituir a otros ya desplazados en Francia para el mismo puesto no podrá superar los doce meses.

Cambios en el salario mínimo de los trabajadores desplazados

Por otro lado, dicha normativa también establece que los trabajadores desplazados deberán cobrar lo mismo que cobraría un trabajador francés en un puesto equivalente.

En consecuencia, ya no se aplicará el salario mínimo francés SMIC en los desplazamientos como se venía haciendo hasta ahora.

Por ejemplo, según convenio colectivo francés de BTP el salario mínimo bruto anual, que varía según la región y funciones del puesto de trabajo, se fija entre 19.853 y 29.956 euros al año aproximadamente.

Dado que los salarios mínimos cambian por región, por puesto de trabajo y por convenio, no es posible ofrecer con exhaustividad todos los límites.

Rogamos se pongan en contacto con nosotros para conocer los salarios mínimos previstos en cada caso.

Desplazamientos profesionales o business trips

Los trabajadores enviados temporalmente a trabajar en otro Estado miembro, pero que no prestan servicios en él, no serán considerados trabajadores desplazados.

Este es el caso de los trabajadores que realizan desplazamientos profesionales (sin prestación de servicios) para asistir a reuniones, formaciones, conferencias y ferias.

En consecuencia, no se les aplicará la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores y, por lo tanto, estarán exentos de los requisitos administrativos y las medidas de control.

Nuevas sanciones administrativas en caso de incumplimiento

Finalmente, esta nueva normativa crea nuevas sanciones que permitirá a la inspección condenar a la empresa a:

  • No obtener ningún tipo de ayuda pública.
  • Al cierre de la empresa.
  • La suspensión de la actividad de la empresa en el lugar de la obra donde se ha cometido la infracción.



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