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5 abril, 2022 in Artículos, Normativa

Abrir un establecimiento permanente en Francia

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establecimiento permanente en Francia

Para poder desplazar trabajadores a Francia es necesario tener una actividad estable y continuada en el país de establecimiento de la empresa, requisito imprescindible que toda empresa debe cumplir para poder hacer uso de las reglas europeas de desplazamiento de trabajadores recogidas en el Directiva 96/71/CE.

Hacer justo lo contrario, establecer la empresa en un país sin apenas actividad real con el único objetivo de ahorrarse los costes laborales de los trabajadores para posteriormente desplazarlos, supone cometer fraude de establecimiento permanente en Francia que puede llegar a ser castigado con penas de prisión así como fuertes sanciones y la prohibición de ejercer en el país durante varios años.

Por ese motivo los servicios de inspección franceses tienen el deber de comprobar si la empresa extranjera que desplaza trabajadores a Francia tiene una actividad real y continuada en su país de establecimiento.

Existen un conjunto de indicios (la existencia de uno solo no es suficiente) que permiten demostrar a los servicios de inspección que la empresa que desplaza trabajadores está cometiendo fraude de establecimiento permanente en Francia. En concreto la inspección laboral comprobará:

  • el lugar de la sede de la empresa y de su administración;
  • los medios implementados en materia de prospección comercial;
  • la plantilla administrativa que trabaja respectivamente en el Estado miembro del establecimiento y en el territorio nacional y la duración de los contratos;
  • el lugar donde se contratan los trabajadores desplazados y en el que se formaliza la mayoría de los contractos con los clientes;
  • la legislación aplicable a los contratos formalizados por la empresa con sus trabajadores, por una parte, y con sus clientes y, por otra;
  • el volumen de negocios realizado en los dos estados miembros.

Abrir un establecimiento permanente en Francia

Llegados a este punto queda claro que toda empresa que vaya a tener una actividad habitual, estable y continuada en Francia tiene la obligación de abrir un establecimiento permanente en el país, contratar a trabajadores en Francia y pagar las cotizaciones sociales y fiscales en el país.

Existen varias formulas de establecimiento permanente en el territorio galo que deben estudiarse y valorarse en función de las necesidades que tenga la empresa.

En resumidas cuentas la Directiva permite la libre circulación de trabajadores entre los Estados miembros como puede ser Francia pero con ciertos límites que las empresas no deben rebasar, de lo contrario se correr el riesgo de que te acusen de fraude de establecimiento permanente en Francia como lo sucedido a la ETT española Terra Fecundis, que actualmente se encuentra inmersa en varios juicios en Francia acusada de fraude millonario a la Seguridad Social francesa entre otras irregularidades.

Si su empresa necesita abrir un establecimiento permanente en Francia no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho y le asesoraremos sobre la mejor forma de implantación para su empresa y con todos los trámites de constitución.




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